Reglamento interno de Cala Montjoi Resort & Bungalow

Reglamento interno de Cala Montjoi Resort & Bungalow

En Cala Montjoi Resort & Bungalow queremos que disfrutes de una estancia cómoda, segura y tranquila en un entorno único de la Costa Brava. Por eso, ponemos a tu disposición este reglamento interno, donde encontrarás las normas básicas de funcionamiento, convivencia y uso de las instalaciones durante tu estancia.

Art. 1º. Toda persona que se inscriba y acceda a Cala Montjoi Resort & Bungalow estará obligada a cumplir el presente Reglamento y demás disposiciones contenidas en la legislación vigente (O.11/7/86.Art.30.1). Forma parte de este reglamento toda disposición particular de Cala Montjoi Resort & Bungalow que sea expuesta públicamente.

Art. 2º. No se admitirá la entrada a los menores de 16 años que no vayan acompañados de una persona mayor de edad que expresamente se responsabilice de la conducta del menor.

Art. 3º. No se admitirá la entrada a quienes sean deudores a la empresa por razón de servicios prestados con anterioridad y cuyos importes no se hubieran hecho efectivos en su día.

Art. 4º. No se admitirán animales en Cala Montjoi Resort & Bungalow.

Art. 5º. El cliente deberá acreditar tanto su identidad como la de sus acompañantes, con la documentación necesaria y la que determine Cala Montjoi Resort & Bungalow como imprescindible para su registro.

Art. 6º. Las tarifas vigentes son las expuestas en el cartel oficial. Los precios se aplicarán por persona de acuerdo con el número de pernoctaciones. La jornada de Cala Montjoi Resort & Bungalow finalizará a las 10 horas del día de salida. Las salidas posteriores, hasta las 12 h, devengarán un suplemento de 40 € por persona y, a partir de esa hora, se facturará una jornada más.

Art. 7º. Todas las pernoctaciones se realizarán en los bungalows o habitaciones destinados a tal fin, y queda prohibido cualquier otro tipo de elemento que sustituya a los implantados en Cala Montjoi Resort & Bungalow.

Art. 8º. Cualquier servicio que Cala Montjoi Resort & Bungalow preste, sin que lo exija la normativa turística vigente, tiene carácter de absoluta voluntariedad, por lo que se podrá suspender su prestación.

Art. 9º. Se recomienda el menor uso posible de vehículos dentro de Cala Montjoi Resort & Bungalow, limitando su velocidad a 10 km/h. No se permite el uso deportivo, de esparcimiento o prácticas de conducción de ninguna clase de vehículos, en especial los de motor, siendo el infractor de esta norma responsable civil o criminal de cualquier accidente.

Art. 10º. No se permite la entrada a personas no alojadas en Cala Montjoi Resort & Bungalow. En casos excepcionales, el visitante puede obtener autorización para introducir, bajo su responsabilidad, a familiares y/o amigos, siempre por tiempo limitado previamente señalado, depositando documento acreditativo de su identidad. El visitante estará obligado a cumplir las normas de este Reglamento o de Régimen Interior. Las visitas deberán abandonar el recinto antes de la hora límite establecida y en ningún caso podrán pernoctar salvo previa inscripción y pago.

Art. 11º. Las horas de silencio serán desde las 24 h hasta las 8:00 h. Durante estas, el cliente evitará toda clase de ruidos o voces y regulará los aparatos sonoros y de alumbrado de manera que no causen molestias a sus vecinos.

Art. 12º. Obligaciones:

a) Someterse a las normas particulares de la Dirección de Cala Montjoi Resort & Bungalow encaminadas a mantener el orden y el buen funcionamiento del mismo.

b) Respetar la vegetación existente, evitando las acciones y el uso de elementos que la dañen.

c) Respetar las instalaciones en general, utilizándolas adecuadamente y dejándolas en condiciones para un nuevo uso.

d) Respetar las normas lógicas de convivencia y orden público, extremándose, si cabe, en consideración a las particularidades de la actividad de Cala Montjoi Resort & Bungalow.

e) Comunicar a la Dirección de Cala Montjoi Resort & Bungalow los casos de enfermedad contagiosa.

f) Recoger los desperdicios de todo tipo en bolsas cerradas, depositándolas en los recipientes que existen a tal fin.

g) Pagar puntualmente los servicios utilizados de acuerdo con las tarifas y condiciones establecidas.

h) Abandonar el resort al final de la estancia contratada.

i) Adoptar las debidas precauciones para la seguridad de sus pertenencias y valores.

j) Los clientes de Cala Montjoi Resort & Bungalow, así como las personas no alojadas, deberán ir siempre calzados y vestidos (mínimo con prendas veraniegas) dentro de las instalaciones.

Art. 13º. Prohibiciones:

a) Perturbar el descanso de los demás clientes durante las horas de silencio.

b) Practicar juegos o deportes que puedan ser peligrosos o molestar a los demás.

c) Encender sobre el terreno cualquier tipo de fuego, cocinas de gas butano o eléctricas, barbacoa o carbón.

d) Estar en posesión de cualquier tipo de armas u objetos que puedan causar un accidente.

e) Abandonar residuos fuera de los recipientes destinados a ello.

f) Tender ropa en lugares no autorizados o en donde puedan dañar o perjudicar la propiedad, higiene o aspecto de Cala Montjoi Resort & Bungalow.

g) Instalar cercados, vallas o toldos en los bungalows, así como cualquier otro elemento.

h) Realizar cualquier clase de acto que pueda dañar o perjudicar la propiedad, higiene o aspecto de la CV.

i) Por razones obvias, está terminantemente prohibido introducir o sacar alimentos, bebidas o material del restaurante.

j) Se deberán estacionar los vehículos en la zona habilitada para ello, el parking. Solo se permitirá estacionar en las inmediaciones de los bungalows durante un periodo corto de tiempo (máx. 30 min.) para cargar o descargar el equipaje.

k) No está permitido circular con monopatines, patines, patinetes, bicicletas o velomotores dentro de Cala Montjoi Resort & Bungalow.

l) Prohibición total y absoluta de consumo o tenencia de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en el interior del recinto de Cala Montjoi Resort & Bungalow.

Art. 14º. Queda terminantemente prohibido el consumo de alimentos o bebidas que se hayan adquirido fuera de Cala Montjoi Resort & Bungalow, en cualquier parte del recinto, salvo en el interior de los bungalows o habitaciones.

Art. 15º. En el caso de impago o abandono, la Dirección de Cala Montjoi Resort & Bungalow podrá trasladar los objetos personales a un nuevo emplazamiento fuera de la zona de alojamiento, para dejar el bungalow libre. La CV no se responsabiliza de los enseres retirados en un plazo superior a 7 días desde el día de salida.

Art. 16º. El pago de la estancia se efectuará en un porcentaje determinado por adelantado y el resto del pago será a la llegada del cliente a Cala Montjoi Resort & Bungalow.

Art. 17º. El cliente que contraviniere algún aspecto de este Reglamento será invitado a abandonar Cala Montjoi Resort & Bungalow y, si no lo hiciera voluntariamente, será expulsado por la Dirección, quien está oficialmente facultada para ello, requiriendo, si fuese preciso, el auxilio de las fuerzas del orden público.

Art. 18º. La empresa de Cala Montjoi Resort & Bungalow no se responsabiliza de los robos, sustracciones o daños de cualquier tipo de los que puedan ser víctimas los clientes que no depositen sus pertenencias en las cajas fuertes que están a su disposición por un módico alquiler, en recepción. Tampoco se responderá de los daños causados por incendios ocasionados por los propios clientes o sus pertenencias, incidencias atmosféricas o cualquier otra causa ajena a la Empresa.

Art. 19º. El cliente, por el solo hecho de inscribirse en Cala Montjoi Resort & Bungalow, acepta conocer y dar su conformidad al presente Reglamento de Régimen Interior y a todas las demás normas particulares a las que se refiere el segundo párrafo del artículo 1º.

Art. 20º. Para cualquier controversia que pudiera surgir con motivo de la interpretación del presente Reglamento interno, LAS PARTES acuerdan que, con respecto a la sumisión judicial, rija lo dispuesto por el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias o, en su defecto, cualquier otra legislación que resulte de aplicación a nivel nacional, autonómico o supranacional.

Regala una estancia